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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2010, de la Dirección General de Transportes, por la que se convocan exámenes para la obtención y renovación del certificado de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.

Publicado el 22/07/2010 (Nº 143)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

La Directiva 96/35/CE, del Consejo, de 30 de junio, relativa a la designación y cualificación profesional de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera y por ferrocarril de mercancías peligrosas, exige, como medida de seguridad preventiva, que las empresas que realicen dichos transportes y las que efectúen operaciones de carga o descarga de tales materias habrán de disponer de uno o varios consejeros de seguridad a fin de contribuir a la prevención de los riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas.

Por Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, («Boletín Oficial del Estado» nº 251), se incorpora dicha Directiva a nuestro ordenamiento jurídico interno, y se procede a regular la obligación de que las empresas de transporte, y las de carga y descarga de mercancías peligrosas deban designar consejeros de seguridad, las funciones encomendadas a los mismos, la cualificación profesional exigida y el procedimiento a seguir para la evaluación de la formación requerida.

La Orden 605/2004, del Ministerio de Fomento de 27 de febrero de 2004, («Boletín Oficial del Estado» nº 59), determina las modalidades de los exámenes que han de superar los consejeros de seguridad, así como la clase de convocatorias, la estructura de los ejercicios y el otorgamiento de los correspondientes certificados de aptitud.

La citada Orden prevé que las convocatorias sean efectuadas en sus territorios por las Comunidades Autónomas y, asumida la competencia por la Comunidad Autónoma de Aragón, esta Dirección General de Transportes ha resuelto convocar pruebas de aptitud de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, y de renovación de los certificados de consejeros de seguridad en ambas modalidades, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Ámbito de las pruebas.

La presente convocatoria, que tiene carácter anual, se extiende al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, celebrándose las pruebas en las ciudades de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Segunda.-Exámenes para la obtención del certificado de Consejero de Seguridad.

La convocatoria se efectúa para Consejero de Seguridad en Transporte por Carretera y para Consejero de Seguridad en Transporte por Ferrocarril. Dentro de ambos modos de transporte, se podrá optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades o de forma individualizada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas, ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de Identificación de Naciones Unidas: 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno) y el combustible de aviación clasificado en el UN 1268 o 1863.

En el momento de cumplimentar la solicitud se deberá precisar el o los modos y la o las modalidades en las que se solicita participar.

Para cada una de las indicadas modalidades, el examen constará de dos pruebas: una primera, consistente en la contestación a cincuenta preguntas de tipo test, con cuatro respuestas alternativas que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del R.D. 1566/1999, anteriormente indicado, y una segunda prueba, consistente en la resolución de un supuesto práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el Consejero, para lo que se permitirá la consulta exclusivamente de textos legales y de publicaciones oficiales.

El contenido de los exámenes se basará en el texto del ADR y del RID vigente en 2010.

Para la realización de las dos pruebas los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 2 horas.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 50 puntos. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Tercera.-Exámenes para la renovación del certificado de Consejero de Seguridad.

La convocatoria se efectúa para Consejero de Seguridad en Transporte por Carretera y para Consejero de Seguridad en Transporte por Ferrocarril y se dirige especialmente a quienes ya dispusieran del correspondiente certificado de aptitud obtenido por presentación a la convocatoria dictada por resolución de 20 de septiembre 2005, de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones («Boletín Oficial de Aragón» de 10 de octubre de 2005).

La prueba de control consistirá exclusivamente en la respuesta a cincuenta preguntas de tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del R.D. 1566/1999, como ya anteriormente se ha indicado, y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.

Cuarta.-Solicitudes.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, contados a partir del día 1 de septiembre de 2010.

La solicitud para tomar parte en las pruebas se ajustará al modelo que figura en Anexo a esta Resolución y se presentará debidamente cumplimentada, en el Registro General de la Diputación General de Aragón, Edificio Pignatelli, (Paseo María Agustín 36, Zaragoza) o, en los Registros de la Subdirección de Transportes de Huesca, (calle General Lasheras, número 6), o de la Subdirección de Transportes de Teruel, Edificio Carmelitas, (calle San Francisco, número 1).

La solicitud deberá ir acompañada de fotocopia del documento nacional de identidad, permiso de conducir o pasaporte y fotocopia del resguardo acreditativo del ingreso de la tasa 05, modelo 505, tarifa 03, por el importe establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, por la cuantía de 38,13€, que deberá abonarse por cada modo y para cada una de la modalidades previstas en las bases segunda y tercera de esta Resolución para las que el aspirante desee participar. La presentación de la solicitud no eximirá del pago de la tasa en tiempo y forma.

Quinto.-Domicilio y requisitos de los aspirantes.

1.-Únicamente podrán concurrir a las pruebas convocadas por esta Resolución las personas que tengan su residencia habitual en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con independencia del lugar en que hubieran realizado el curso preceptivo.

Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento de identificación en vigor. Sólo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

Que el aspirante acredite mediante el certificado de empadronamiento que ha tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón al menos ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón menos de ciento ochenta y cinco días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela o centro docente no implica el traslado de la residencia habitual.

Sexta.-Admisión provisional y definitiva, fechas, horas y lugares de celebración de los ejercicios.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Transportes dictará Resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos provisionalmente, con indicación de la causa de exclusión provisional, Dicha Resolución será expuesta en el Registro General del Gobierno de Aragón, Edificio Pignatelli, (Paseo María Agustín, número 36 Zaragoza), y en los Registros de la Subdirección de Transportes de Huesca, (calle General Lasheras, número 6), y de la Subdirección de Transportes de Teruel, Edificio Carmelitas (calle San Francisco, número 1) y en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es): en Departamentos & Organismos Públicos-Obras Públicas, Urbanismo y Transportes-Dirección General de Transportes-Pruebas de Capacitación.

La indicada resolución fijará las fechas, horas y lugar de celebración de los ejercicios que, no obstante, quedará pendiente de confirmación.

Finalizado el plazo de subsanación, se dictará Resolución de la Dirección General de Transportes aprobando la lista de aspirantes admitidos y excluidos definitivamente, que será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón».

Las listas a que hace referencia esta convocatoria y la de aptos por haber superado las presentes pruebas podrán ser consultadas en la dirección de Internet www.aragon.es, a que se ha hecho referencia con anterioridad.

Séptima.-Composición del Tribunal calificador de las pruebas.

Tribunal Titular: Presidenta: Dª. María José Anguita Orte; Vocales: D. Victorino Ortega López, Dª. Paz Aixelá Ugued, Dª. Ana Cristina Marín Clavero; Secretaria: Dª. Ainoha Larroya Molero.

Tribunal Suplente: Presidente: D Victorino Ortega López; Vocales: Dª. Silvia Aznar Durán, Dª. Yolanda Alquézar Lite, Dª. Carmen Mateo Bartolomé; Secretarios: Dª. María José Tisaire Artero y D. Antonio Guiu Pueyo.